sábado, 2 de julio de 2022

El Parlamento Vasco ha dado luz verde a la Ley de Protección de Animales Domésticos

 

 

Un joven abraza a su perro en un parque. 

 El Parlamento Vasco ha dado luz verde a la Ley de Protección de Animales Domésticos que regulará la protección, comercialización y tenencia de los animales de compañía. 

En Euskadi hay registrados cerca de 400.000 perros, 27.000 gatos, 900 hurones y se calcula que hay más de dos millones de animales de producción como vacas, ovejas, caballos, aves…

 La principal aportación de la ley que sustituye a la de 1993 es que considera a los animales como seres vivos y “sintientes”. 

Y como tales se fomenta el buen trato dentro del entorno de convivencia desde el respeto y la consideración.

 No son cosas.  

Este principio de la ley implica que los dueños deberán proporcionar “cuidados de por vida” a sus animales garantizándoles libertad de movimientos, evitándoles los sistemas de sujeción permanentes, tratamientos veterinarios, evitar su reproducción incontrolada, tener un seguro de responsabilidad civil o su registro oficial.

 Se supera así la percepción de las mascotas como regalos, caprichos o incluso juguetes, una actitud que ha generado comportamientos sociales indeseables. 

 El régimen sancionador contempla multas que van de los 100 a los 100.000 euros y castiga duramente el abandono y el maltrato animal.

 El maltrato, por acción u omisión, revestirá especial gravedad.

 Además, el veterinario que detecte cualquier indicio de cuidado inadecuado lo deberá denunciar a la Autoridad competente en materia de bienestar y sanidad animal. 

Además, se especifica que, tanto el sacrificio como la eutanasia, cuando sean inevitables, requieren de la intervención veterinaria.  

No obstante, la ley vasca mantiene las excepciones de los espectáculos taurinos, la caza o la pesca así como el exterminio de las plagas urbanas, ya que estas actividades se regirán por una normativa específica. 

A partir de ahora queda prohibida la exhibición de animales vivos en los escaparates de las tiendas así como el uso de los animales como reclamo publicitario, en sorteos o rifas.

 También se pondrá coto al comercio de animales entre particulares y fuera de los centros de cría autorizados.

 Según el Gobierno vasco se trata de una “ley progresista y equilibrada, que nace con un amplio apoyo social e institucional, y que contribuye a hacer de Euskadi una sociedad más avanzada y civilizada en el trato a los animales”. 

 Máximo 24 horas solos 

Otra de las aportaciones de la ley es que los animales no podrán estar solos más de un día. 

En el caso de los perros, este plazo no podrá ser superior a doce horas consecutivas, salvo los perros de pastoreo durante el tiempo que estén trabajando y con un plazo máximo de 48 horas consecutivas.

 La ley no dice cómo se vigilará el cumplimiento de este artículo. 

Por otro lado, las autoridades podrán imponer la vacunación, el tratamiento obligatorio, el internamiento o aislamiento, y el sacrificio de los animales a que hace referencia esta ley, por razones de sanidad animal o salud pública debidamente justificadas.  

   La Ley de Protección de Animales Domésticos ha salido adelante con el apoyo unánime de la Cámara Vasca (excepto Vox). 

En el pleno de ayer jueves todos los grupos destacaron el “equilibrio” y el carácter integral de una normativa necesaria ante el creciente número de animales de compañía que hay en Euskadi.

 El único pero ayer lo puso la ultraderechista Amaia Martínez quien justificó su no diciendo que solo apoyaría una ley de protección animal que responda a “un modelo de país unido”. 

 Novedades Ley  El Parlamento Vasco ha aprobado la Ley de Protección de Animales Domésticos, que recoge la normativa en relación a la protección en sanidad, comercialización y tenencia de estos animales sobre la base de considerarlos “seres sintientes”.

    Prohibiciones 

 El Abandono de animales y el mantenimiento de los mismos en situaciones donde puedan peligrar su vida.  

El Sacrificio de animales que se encuentren en centro de recogida. 

 El comercio de animales de compañía fuera de los centros de cría debidamente autorizados.  

La donación de animales como reclamo publicitario, sorteo, rifa, trueque, premio o recompensa. 

 La exhibición de animales vivos en escaparates comerciales.  

Los espectáculos con animales , salvo los que posean sus propios reglamentos de desarrollo.  

La Puesta en libertad o introducción en el medio natural de ejemplares de cualquier animal distinto a los animales autóctonos silvestres.  

Viajar con animales atados a vehículos en marcha.  

Manipular artificialmente a los animales .  peleas inducir, promover, participar u organizar peleas o actos violentos entre animales. 

 Eliminar cadáveres de animales de compañía domésticos.
 

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