sábado, 26 de diciembre de 2020

Eutanasia: La Ley más humana y esperada

 

 Suicidio asistido de María José Carrasco (2019)

 

 El pasado 17 de diciembre, jueves, el Congreso de los Diputados aprobó probablemente la ley más importante, justa y humana de todo el período democrático español. Por primera vez, a expensas de ser ratificada por el Senado, España contará con una norma que permita, sin castigar a nadie, la muerte digna.

   

 El proyecto de eutanasia, que una vez sancionada, entraría en vigor posiblemente el próximo mes de marzo, recoge el deseo de un elevado número de personas, que hoy sufren el dolor y la desesperación de esperar la muerte, sin que nadie se lo pueda mitigar para poner fin a su padecimiento, angustia y aflicción. 

 

En esta ocasión sí puede estar orgulloso nuestro país, de ser uno de los primeros a nivel mundial y de los más progresistas, al aprobar una norma de tan importante calado.

 

En Europa solamente Holanda, primer país del mundo que legalizó la eutanasia en abril de 2002, Bélgica y Luxemburgo, hasta ahora, tienen permitida esta disposición y fuera del viejo continente, únicamente Canadá en América del Norte (a excepción de algunos territorios de Estados Unidos como Montana y California que permiten la muerte asistida o Vermont, Oregón o Washington que contemplan el suicidio asistido) .

 

Y más curiosamente Colombia en América del Sur permiten mediante un derecho constitucional desde 1984, la muerte asistida en su sentencia C 239 y que “doctrinariamente se ha denominado homicidio pietístico o eutanásico”, aunque no existe una ley propiamente dicha que regule con claridad su práctica.


Según recoge el texto, aquellas personas mayores de edad, en plena capacidad de obrar y decidir, siempre que lo realicen de forma autónoma, consciente e informada, que sufran una enfermedad incurable, crónica y padecimiento grave que cause un sufrimiento físico o psíquico intolerable, sin posibilidad de mejoría o curación, podrán solicitar ayuda médica para poner fin a su vida. 

 

El paciente para acogerse a la aplicación de esta ley, deberá confirmar su voluntad al menos en cuatro ocasiones, pudiendo arrepentirse o aplazar el proceso en cualquier momento.

 

Será una prestación que incluirá el Sistema Nacional de Salud, aunque también hay que reconocer la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios a su aplicación, aún a pesar de que como recoge la norma despenaliza la ayuda médica, detallando quien, cuando y con qué requisitos aplicarla. Para ello se creará una Comisión de Garantía y Evaluación formada por facultativos y juristas, para controlar cada situación.


Para solicitar la ejecución de la eutanasia, el paciente debe tener la nacionalidad española, certificado de empadronamiento en territorio español que acredite al menos un período de permanencia superior a doce meses o bien residencia legal en España.


La ley supondrá una modificación del Código Penal, que en su artículo 143 castiga con penas de prisión a quien induzca al suicido de otro o coopere en actos necesarios y directos a la muerte de otro por la petición expresa, seria e inequívoca de éste, en caso de sufrir una enfermedad grave o terminal y que produciera padecimientos permanentes.


Entre un 78 y un 86% de facultativos de diferentes autonomías, reconocen haber ayudado a morir dignamente a pacientes y apoyan esta medida. Conocido fue el caso de la sanción a no volver a ocupar cargo de responsabilidad, al ya fallecido doctor Luís Montes y otros once facultativos del Hospital Severo Ochoa de Leganés, tras una denuncia anónima, por facilitar la sedación a pacientes.

 

No obstante, persisten grupos parlamentarios y sectores hipócritas de la Iglesia, que refugiados en ideologías políticas (que sin embargo no dudarían en fusilar a millones de personas) o desde los púlpitos disfrazados con casullas y sotanas, mantienen su rechazo, aunque habría que saber si llegado el momento, poniéndose en la piel de quien sufre, seguirían sosteniendo su postura.

 

Desde el instante en que nacemos, sabemos que la vida llegará a su fin y que éste no tiene porqué ser doloroso ni de desesperación. Tanto la vida como la muerte han de ser dignas y son un derecho inviolable del ser humano, por ello nunca debería ser delito ayudar a quien en condiciones irreversibles de sufrimiento constante, con frecuencia conectados a instrumentos y máquinas que prolongan innecesariamente su dolor, poner fin a su vida, lo que debe ser un acto de respeto y de generosidad por parte de quienes le rodean, aceptando la voluntad de quien sufre y que tiene la libertad de tomar su decisión. 

 

La ley que se aprueba no obliga a nadie, sólo reconoce un derecho inviolable de evitar dolor y agonía, pudiendo ejecutarse en un centro sanitario o en el propio domicilio del enfermo, en presencia del médico y profesionales sanitarios, hasta el fallecimiento del paciente, mediante la administración de un fármaco o sustancia que le proporcione o facilite para su utilización por él mismo.

 

La ex-ministra María Luisa Carcedo, afirma que es una ley absolutamente garantista, que no se puede aplicar si no existe una ratificación expresa de la persona que lo solicita y antes de perder la consciencia.

 

No obstante, el caso de España será diferente a la aplicación que se realiza en otros países que la tienen aprobada, así como a Suiza que permite el suicidio asistido desde mediados del siglo pasado.

 

Hay organizaciones humanitarias que ayudan a extranjeros procedentes hasta ahora de España, Francia o Italia a autorizar las peticiones para morir dignamente a pacientes con patologías terminales mediante la ingesta voluntaria de medicación o sustancias para acabar con su vida en el país helvético.

 

Para finalizar, porque una imagen vale más que mil palabras, quisiera recordar algunas películas que recomiendo, sobre casos reales u otros de ficción que bien pueden ilustrar un asunto tan delicado como el tratado.

 

Este derecho inalienable del ser humano evitaría que se sigan practicando eutanasias clandestinas con frecuencia en nuestro país o sancionando a médicos por su práctica. 

 

Recordemos casos tan tristes como los de María Jesús Carrasco, José Antonio Arrabal, Maribel Tellaetxe o el de Ramón Sampedro, llevado al cine por Roberto Bodegas en el año 2001, en su película “Condenado a vivir” y más tarde por Alejandro Amenábar en 2004 en la oscarizada “Mar adentro”.

 

Condenado a vivir” del director Roberto Bodegas. Año 2001

 

Mar adentro” (sobre el mismo personaje) de Alejandro Amenábar

. Año 2004.

 

La fiesta de las despedidas” de Tal Granit y Sharon Maymon.

 Año 2014.

 

Million dollar baby” de Clint Eastwood. Año 2004.

 

La escafandra y la mariposa” de Julian Schnabel. Año 2007.

 

Paddleton” de Alexandre Lehmann. Año 2019.

 

Mi vida es mía” de John Badham. Año 1981.

 

Cuando el destino nos alcance” de Richard Fleischer. Año 1973.

 

Extremis” fantástico documental de Dan Krauss. Año 2016.




 

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