El Gobierno ha dado la nacionalidad española a familiares del opositor venezolano Leopoldo López por “persecución política”, un criterio que no suele aplicar.
La persecución es merecedora de protección internacional y durante la crisis de refugiados sirios el Ejecutivo no ha desarrollado estas u otras medidas disponibles.
Los saharauis no acceden a la nacionalidad española por obstáculos políticos y burocráticos. Tampoco al estatus de refugiado en muchas ocasiones.
El Gobierno ha otorgado la nacionalidad española a dos familiares
más del opositor venezolano Leopoldo López, que se suman a los dos
nacionalizados el pasado diciembre. Lo ha hecho a través de la vía que
permite dar la nacionalidad sin cumplir los requisitos habituales sino
debido a “circunstancias excepcionales” que, en este caso, el Ejecutivo
justifica con su necesidad de protección. “Para reforzar sus garantías
democráticas ante la persecución política y judicial que sufren” y “en
solidaridad a los que sufren persecución política”, según ha defendido
la vicepresidenta del Gobierno en funciones. Sin embargo, la voluntad
política para salvaguardar la vida de personas perseguidas así como
conceder la ciudadanía, ya sean venezolanos o de cualquier otra
nacionalidad, no es la misma para todos.
El criterio mencionado por
el Gobierno en funciones, “la persecución política”, es un motivo
reconocido para pedir asilo. Pero el compromiso y solidaridad defendido
por el Ejecutivo con las personas que sufren persecución o huyen de los
conflictos no ha quedado reflejada, por ejemplo, en su respuesta a la
peor crisis de refugiados desde la Segunda Guerra Mundial.
Después de oponerse en
multitud de ocasiones al establecimiento de cuotas para redistribuir a
los refugiados llegados a Grecia e Italia, España se comprometió a
reubicar a 16.000 personas procedentes de Grecia e Italia. Por el
momento solo han llegado 18 refugiados. Tampoco ha iniciado el
reasentamiento pactado con Bruselas de 1.449 solicitantes de asilo desde
los campos de refugiados levantados en países como Turquía, Líbano o
Jordania, a pesar de que esta vía permitiría su traslado a territorio
español sin antes tener que arriesgar su vida.
El Ejecutivo también se ha
negado a apoyar la propuesta de la Comisión Europea que contemplaba el
establecimiento de un reparto permanente por cuotas para que los Estados
miembros puedan distribuirse de forma equitativa a los refugiados y
evitar los arriesgados desplazamientos secundarios a los que se ven
abocados los solicitantes de asilo con el sistema actual. “El que sin
más distribuyamos por cuotas las personas que como refugiados llegan a
la Unión Europea, y con independencia del país de entrada, disuadiría
totalmente a los países que somos frontera exterior de la UE de realizar
cualquier tipo de esfuerzo”, criticó el ministro de Interior en
funciones a finales de marzo. Otra de las medidas vetadas por España
-entre otros países- es la creación de una misión de salvamento europea
para evitar las constantes muertes en el Mediterráneo de las personas
que huyen de la persecución.
El anuncio de Soraya Sáenz
de Santamaría este viernes coincide con un contexto en el que millones
de personas escapan de sus países debido a sus ideales o principios
políticos, conflictos armados y otros motivos. Tienen derecho a la
protección internacional que le brinde otro país. “Que con la crisis de
asilo actual, el Gobierno utilice este criterio de la persecución y lo
mezcle para dar la nacionalidad por motivos políticos es incalificable”,
critica Francisco Solans, abogado especializado en Derecho de
Extranjería.
A día de hoy, ninguna
persona que huye de la persecución puede pedir protección en una
embajada española. A pesar de que la Ley de Asilo de 2009 lo contempla,
no se aplica porque desde entonces está pendiente de un desarrollo
reglamentario que acumula cinco años de retraso. Esa opción ha sido una
de las peticiones más repetidas por Acnur y organizaciones humanitarias
para evitar las muertes y los peligros que afrontan hoy en día los
refugiados. “La medida anunciada este viernes es “discriminatoria
respecto a otros ciudadanos, incluso respecto a otros venezolanos. Si un
venezolano quiere pedir asilo por motivos políticos en España, tendría
que salir del país y llegar hasta aquí”, explica Solans.
La concesión de nacionalidad
‘por carta de naturaleza’ es una opción que contempla el Código Civil
que, según el Ministerio de Justicia, “tiene carácter graciable y no se
sujeta a las normas generales de procedimiento administrativo”. Por
tanto, describe, “será otorgada o no discrecionalmente por el Gobierno
mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias
excepcionales”.
En la práctica, es la forma
de dar la nacionalidad por motivos políticos. “El Gobierno puede
conceder al nacionalidad a quien le dé la gana y por lo que le dé la
gana. Es tan amplio que en la práctica permite darla por los motivos que
quiera el Ejecutivo”, explica Solans.
Otras nacionalidades son discriminadas
Muchas han sido las críticas
hacia las dificultades de los saharauis a la hora de conseguir tanto el
asilo en España como la ciudadanía en este país. Un caso emblemático es
el de Hassana Aiala.
El activista saharaui es una de las personas que Marruecos juzgó (en su
caso dos veces) por la participación en las protestas de Gdeim Izik, a
12 kilómetros de El Aaiún (Sáhara Occidental). A pesar de que su caso
está muy documentado, el Gobierno denegó su demanda y la decisión fue
recurrida gracias al asesoramiento legal de CEAR Euskadi. Varios
abogados de saharauis solicitantes de asilo en España denuncian que
todas las peticiones de protección son denegadas por parte del
Ministerio del Interior y de la Audiencia Nacional sin llegar a ser
valoradas por la “clara complicidad” entre los gobiernos español y
marroquí.
Uno de los colectivos más
discriminados a la hora de conseguir la nacionalidad lo componen las
personas de origen saharaui. Más allá de no tener la nacionalidad de
España, la colonia que les abandonó en 1975, cerca de 400 saharauis
residentes en España llevan años chocándose con la denegación
sistemática de la ciudadanía a pesar de cumplir todos los requisitos
marcados por el Ministerio de Justicia. Llevan más de diez años viviendo
en España, cotizan a la Seguridad Social y no tienen antecedentes
penales. Tampoco sirve el argumento de que sus padres son españoles
–cuentan con el DNI español por haber vivido en una colonia– para lograr
la ciudadanía. El motivo expuesto por el Ejecutivo: proceden de “un
país no reconocido”.
Y a su vez, la medida de
protección que existe para aliviar esa situación de ausencia de “país
reconocido”, el Estatuto de apatrida, también suele rechazarse por parte
del Minisiterio del Interior.
“Desde la Comisión Española de Ayuda al
Refugiado (CEAR) no pedimos el reconocimiento de la nacionalidad
española a los saharauis, sino la apatridia. Es un procedimiento similar
al del asilo, pero a medida que lo pedimos y se iban denegando,
empezamos a recurrirlos a la Audiencia Nacioal y poco a poco estamos
ganando casos”, explica Raquel de Celis de CEAR Euskadi.
Los sirios no obtienen nacionalidad hasta los 10 años
Por otro lado, la concesión
de la nacionalidad por ‘carta de naturaleza’ y, supuestamente, por
“motivos de persecución”, se trata de un paso más alla de la concesión
del asilo, ya que los refugiados no obtienen la nacionalidad de forma
española. En primer lugar, las personas con necesidad de protección
registran su solicitud de asilo, cuya resolución debe ser resuelta en un
plazo máximo de dos años -aunque en la práctica suele retrasarse más-.
Una vez concedido el Estatuto de Refugiado, podrán adquirir su
nacionalidad cuando hayan residido en España cinco años -dos en el caso
de los latinoamericanos, los nacionales de Andorra, Filipinas, Guinea
Ecuatorial o Portugal-.
En otros casos, como en el
de los sirios, el Ejecutivo otorga otro tipo de protección (subsidiaria)
para la que no está contemplada la reducción de los requisitos a la
hora de solicitar la nacionalidad. “Los sirios que quieran optar a la
nacionalidad española deben residir durante 10 años en España”, aclaran
desde CEAR.
Además, esta decisión del Ejecutivo llega después de que, el mismo Gobierno, haya endurecido los requisitos para obtener la nacionalidad “por residencia”
(la vía más utilizada). La reforma del Registro Civil convirtió una
gestión que hasta el momento era gratuita en otra de pago: entre las
tasas administrativas, la documentación compulsada y las matrículas para
los exámenes, puede llegar a costar más de 300 euros a los
solicitantes.
“También amplió los plazos de resolución de las
solicitudes de los seis meses de máximo al año. Si ya antes tardaban dos
años, ahora…”, añade Solans.