lunes, 15 de julio de 2019

El papel de la mujer en la Revolución Francesa

 La Marcha de las Mujeres a Versalles el 5 y 6 de octubre de 1789. Museo de Historia de la República Francesa (PD).

 La Marcha de las Mujeres a Versalles el 5 y 6 de octubre de 1789.

 
La participación femenina en la Revolución Francesa fue muy intensa, a pesar de que tradicionalmente no se cuenta esta historia.  

En los medios populares, la mujer luchó no tanto por las reivindicaciones de signo feminista, como por las propias de su condición social. 


Estaríamos en el universo de los sans-culottes, en medio de una situación de fuerte crisis económica, donde las mujeres, junto con sus compañeros y familiares, debían enfrentarse a la carestía de la vida. 


Ellas bien sabían lo que costaba el pan y las dificultades para sacar adelante a sus familias.


En otros medios más acomodados, es decir, en el seno de la burguesía, las mujeres de esta clase se preocuparon más por reivindicaciones de tipo político. 


Las mujeres encontraron algunos aliados en destacados personajes. 


Condorcet luchó para que las mujeres fueran consideradas ciudadanas.


 En 1790 publicó, Sobre la admisión de las mujeres en el derecho de ciudadanía.


 En el siguiente párrafo de dicha obra se resume el argumento fundamental de su discurso:


 
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“¿No han violado todos los hombres el principio de igualdad de derechos al privar, con tanta irreflexión, a la mitad del género humano de concurrir a la formación de leyes, es decir, excluyendo a las mujeres del derecho de ciudadanía? ¿Puede existir una prueba más evidente del poder que crea el hábito incluso cerca de los hombres eruditos, que el de invocar el principio de la igualdad de derechos  y olvidarlo con respecto a doce millones de mujeres?”


Condorcet aplicaba uno de los principios fundamentales de la revolución –la igualdad ante la ley- a las mujeres. Parecía un contrasentido que no se reconociese ese derecho a la mitad de la sociedad. 


Pero nada consiguió. Los revolucionarios franceses estaban dispuestos a agradecer los servicios prestados a la causa protagonizados por las mujeres, como la famosa marcha sobre Versalles en las jornadas de octubre de 1789, pero otra muy distinta era que se reconociesen sus derechos políticos.


Olympe de Gouges es, sin lugar a dudas, la revolucionaria más importante y  una de las precursoras del feminismo. Fue una prolífica escritora de obras de teatro, de novelas y de textos de contenido político. Dirigió el periódico L’Impatient. Fundó la Sociedad popular de mujeres. 


En 1791 redactó uno de los textos más importantes de la Historia, la Declaración de los Derechos de la Mujer y de la Ciudadana, en respuesta a la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.


 Olympe reivindica en la Declaración la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer. El primer artículo dice así:


“Artículo I . La mujer nace libre y permanece igual al hombre en derechos. Las distinciones sociales no pueden estar basadas más que en la utilidad común.”


En la vorágine revolucionaria, Olympe se enfrentó a Robespierre. En este sentido, publicó la carta Pronostic de Monsieur Robespierre pour un animale amphibie, que le llevó a ser acusada de intrigas sediciosas. Fue juzgada, condenada a muerte y guillotinada.


En muchas secciones parisinas las mujeres participaron en las sesiones donde se deliberaba y discutía de política. Las más concienciadas no se contentaron con esta participación o con ser escuchadas en sus secciones, sino que reivindicaron el reconocimiento de sus derechos políticos. 


Algunas mujeres fundaron clubes políticos, siendo el más importante la Sociedad de Mujeres Militantes Republicanas Revolucionarias.


La lucha de las mujeres tuvo sus frutos en el verano de 1793 cuando consiguieron la igualdad política en las secciones, asambleas y sociedades populares.


 Pero el día 30 de septiembre de 1793 se prohibieron los clubes femeninos. 


La mujer debía regresar al hogar y dejar la plaza pública, los salones donde se discutía de política y el entorno de los lugares donde se tomaban las decisiones políticas, es decir, la Convención. 


En octubre de ese año, el diputado André Amar pronunció un demoledor discurso contra los derechos de la mujer:


“¿Las mujeres deben ejercer los derechos políticos e inmiscuirse en los asuntos de gobierno? ¿Deben reunirse en asociaciones políticas? 

 
No, porque deberían sacrificar cuestiones más importantes a las que han sido llamadas por la naturaleza.


 Las funciones privadas a las que están destinadas las mujeres por naturaleza ayudan a sostener el orden social. 


Y para el orden social es necesario que cada sexo se ocupe de aquello que le esté encomendado por naturaleza.


¿Cuál es el carácter propio de la mujer? Las costumbres y la naturaleza le han señalado sus funciones: educar a los hijos, preparar el espíritu y el corazón de sus hijos para las tareas públicas, elevar sus almas, 


  Después del cuidado de las tareas de su casa, la mujer ha estado destinada a hacer amar la virtud entre los suyos. Es así como ellas sirven a la patria  .


En general, las mujeres son poco capaces para las ideas elevadas y las meditaciones serias…”


La argumentación del diputado se basaba en la clásica defensa de la distinta naturaleza de la mujer, que impedía a ésta la participación en las funciones públicas. La mujer estaría dotada para las tareas privadas, es decir, para las domésticas.


Daba igual que los revolucionarios cuestionasen todo el orden establecido en el Antiguo Régimen. Lo que no debía variar era la posición o situación de la mujer, porque su trabajo doméstico era fundamental para mantener el edificio social, para servir a la causa de la patria.


En el año 1794 se insistió en la prohibición de la presencia femenina en cualquier actividad política En mayo de 1795, la Convención prohibió a las mujeres asistir a las asambleas políticas, y ordenaba que se retiraran a sus domicilios bajo orden de arresto si no cumplían lo prescrito.


 La mujer era remitida a su tradicional papel de esposa y madre, dentro de la familia. Para los revolucionarios, ya fueran jacobinos, ya termidorianos, la condición subalterna de la mujer era evidente y no se podía alterar.


La culminación de la represión de las mujeres llegó con Napoleón en su Código Civil, ya que supuso la consagración de la mujer como un ser supeditado al hombre en la vida civil durante todo el siglo XIX y parte del XX en Francia y en gran parte de Europa.


La mujer casada debía obediencia a su marido, el adulterio femenino era considerado como un delito más grave que si era cometido por el hombre, la autoridad sobre los hijos recaía en el padre y no de forma conjunta con la madre, el marido tenía la obligación de administrar los bienes de su esposa y ésta necesitaba su permiso para realizar cualquier acto jurídico y para trabajar fuera del hogar.


A pesar del evidente fracaso de la lucha de las mujeres en la Revolución Francesa, su participación, tanto cuando hicieron reivindicaciones sociales generales como cuando se embarcaron en las políticas, despertó la conciencia femenina para el futuro.



 https://www.nuevatribuna.es/articulo/historia/papel-mujer-revolucion-francesa 






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